Baja de vehículos
Según la ley INT/249/2004 del 5 de Febrero de 2004 desde Marzo del año 2004 los
encargados de dar de BAJA DEFINITIVA los vehículos son los
Desguaces o C.A.T.V. (Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos) y no la
D.G.T.
Para poder dar de baja su vehículo necesitaremos la siguiente documentación:
- Ficha técnica
- Permiso de circulación
- DNI del titular
En el caso de que usted sea persona jurídica o empresa además de la
documentación anterior deberá usted aportar también la siguiente documentación:
- Fotocopia del CIF de la empresa
- DNI del administrador o apoderado
- Escrituras o documento de representación de personas jurídica
Si la persona que firma no es el titular del vehículo necesitaremos una
autorización del titular del vehículo junto con una fotocopia del DNI
tanto del titular como del autorizado.
Para más información pueden ponerse en contacto con nosotros a través de:
Teléfono: 91 821 90 00
Fax: 91 692 88 36
Email: gestión@elchoque.com